El médico debe ser competente en el tratamiento del dolor y de la angustia

COMENTARIOS AL CÓDIGO INTERNACIONAL DE ÉTICA MÉDICA

Gonzalo Herranz

Artículo 28.2. En caso de enfermedad incurable y terminal, el médico debe limitarse a aliviar los dolores físicos y morales del paciente, manteniendo en todo lo posible la calidad de una vida que se agota y evitando emprender o continuar acciones terapéuticas sin esperanza, inútiles u obstinadas. Asistirá al enfermo hasta el final, con el respeto que merece la dignidad del hombre.

(Adoptado en Londres, 1949. Enmendado en Sydney, 1968, y Venecia, 1983)

Este artículo establece, en primer lugar, la obligación del médico de asistir al paciente incurable y al moribundo y de cuidarle en la fase terminal de su enfermedad, aliviando su dolor y su angustia. Condena, a renglón seguido, el ensañamiento terapéutico. Concluye con la proclamación de que, en la fase terminal de la vida, la atención médica debe seguir respetando la dignidad del hombre enfermo.

1. Nunca se destacará bastante el alto valor profesional de la Medicina paliativa, que requiere tanta ciencia y experiencia como las restantes especialidades médicas. En una Declaración sobre la Eutanasia, que hizo pública la Comisión Central de Deontología en junio de 1986, se dice que "la asistencia médica al moribundo es uno de los más importantes y nobles deberes profesionales... El médico está obligado a desempeñar su genuina función de ayudar y atender al morir de sus pacientes por medio de un tratamiento competente del dolor y de la angustia. Ha de empeñarse en procurar el mayor bienestar material; ha de favorecer, según las circunstancias, la asistencia espiritual y el consuelo humano al moribundo; prestará también su apoyo a los allegados de éste".

Así pues, el médico no puede permanecer ajeno a las necesidades del paciente y de sus allegados y ha de saber confortarles en ese trance final. Para ello, necesita, además de conocer suficiente Medicina paliativa, tener sensibilidad para percibir las necesidades físicas y morales del moribundo y cooperar para que no le falte ni el consuelo humano ni la atención espiritual que, de ordinario, son la necesidad primordial del paciente y sus familiares y amigos.

 

Se condena todo tratamiento inútil. La medicina reconoce sus límites y se dignifica ayudando a morir, si sería ya injustificado un tratamiento que intentara la curación

 

 

 

 

 

 

 

 

 


2. Por otro lado, condena este artículo la obstinación o encarnizamiento terapéutico. Todo tratamiento inútil es inético. No por razón de que el médico practique una ética utilitarista, sino porque el tratamiento demostradamente ineficaz, en especial cuando implica el uso de tecnologías costosas y se separa al paciente del trato con familiares y amigos, es, en primer lugar, un error de indicación terapéutica: el médico ignora más allá de lo tolerable los datos pronósticos del caso que atiende y le aplica remedios incapaces de oponerse al curso, ya ineluctable, de la enfermedad. El médico, por ejemplo, está obligado a juzgar con objetividad y concienzudamente cuándo un paciente debe ser ingresado en una unidad de cuidados intensivos porque su cuadro es un episodio crítico del cual puede ser rescatado; y cuándo no debe hacerlo, porque su enfermedad terminal ya no tiene remedio médico. Ha de tener el médico la rectitud moral de no ofrecer o no permitir que se aplique atención intensiva o cualquier otra intervención agresiva cuando, juzgadas las circunstancias del caso, concluya que son inoperantes. Hay una necesidad de conocer y de investigar seriamente las constelaciones de factores pronósticos, para que la decisión de tratar o no tratar no sea el fruto de la intuición o del humor, sino una medida prudente e informada.

En otras ocasiones, el encarnizamiento terapéutico no es resultado de la incompetencia médica, sino resultado de una falsificación, unas veces comercialista, política otras, de los fines de la Medicina. En ambos casos, es un error ético con el agravante de que proporciona a los activistas de la eutanasia su principal argumento para reclamar el derecho a morir con dignidad.

La citada Declaración de junio de 1986 señalaba que "el médico dignifica la muerte cuando se abstiene de tratamientos dolorosos e injustificados y cuando los suspende porque ya no son útiles". La deontología impone al médico el deber de reconocer los límites de la actuación médica aun ayudada por la más poderosa tecnología, de ser consciente que el abuso tecnológico causa en el paciente y en los allegados del paciente sufrimiento, humillación e indignidad, de modo que la Medicina es tachada de inhumana y altanera.

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