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El Concepto de
Eutanasia
El término "eutanasia"
abarca conceptos muy dispares y de encontrada
significación ética. Como sugiere su
etimología (del griego "eu-thanatos"), significa
"buena muerte", en el sentido de muerte apacible, sin
dolores ni tormentos, y con esta acepción la
introdujo en el vocabulario científico Francisco
Bacon (1623).
Actualmente el significado real es el de
muerte indolora, provocada directamente por procedimientos
médicos, de personas que son consideradas como
condenadas a una vida irreversiblemente dolorosa o
inválida, con la intención de "liberar" a esas
personas del sufrimiento o a la sociedad de una supuesta
carga inútil.
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Una adecuada técnica y
compasión médica que llevan a
rechazar la eutanasia
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La eutanasia es, por su naturaleza, un peligro
médico, que sólo afecta a médicos y
enfermeras, según se deduce de la definición
anterior, ya que los rasgos propios de la eutanasia, lo que
la diferencia de las otras formas de muerte provocada, son:
el modo médico de inducirla y la intención
"compasiva o liberadora".
Por ser la técnica y la
compasión atributos muy propios del médico y
de la enfermera competentes, se explica que la condena
deontológica de la eutanasia sea muy fuerte: la
eutanasia destruye el núcleo ético de la
profesión. Cuando el médico rechaza la
eutanasia, no está simplemente siguiendo sus
convicciones morales o los preceptos de una tradición
profesional milenaria: está siendo fiel a lo
más genuino de su profesión.
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Sólo no es homicidio la
indirecta o lenitiva
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Formas más
corrientes
1- Por su intencionalidad se
suele dividir en indirecta y directa. La eutanasia indirecta
o lenitiva es la causada indirectamente al suprimir el
dolor, como efecto secundario inevitable, y propiamente no
se la debería llamar eutanasia. En muchas ocasiones
es ética. La eutanasia directa y homicida causa
directamente, aunque sin dolor, la muerte.
2. Por los fines perseguidos la eutanasia
directa se llama homicidio piadoso si la muerte se busca
como medio para privar al enfermo de los dolores, o de una
deformación física o de una ancianidad penosa
o, en una palabra, de algo que mueve a la
"compasión". Se llama eutanasia eugenésica,
económica o social si la muerte se busca como medio
para liberar a la familia o a la sociedad de la carga de las
llamadas vidas "sin valor" o para purificar la raza.
3. Por los medios empleados, se divide en
eutanasia activa o positiva (acción deliberada
encaminada a dar la muerte) y eutanasia pasiva o negativa;
en ésta se causa la muerte omitiendo los medios
ordinarios necesarios para sostener la vida (la
hidratación, por ejemplo).
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No aplicar medios desproporcionados
es respetar la dignidad humana
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En el polo opuesto está la omisión de medios
extraordinarios o desproporcionados para prolongar
artificialmente la vida de un enfermo con un proceso
patológico irreversible. A este tipo se le llama
adistanasia -algunos autores la llaman distanasia-, y no es
propiamente eutanasia, por estar ausente la acción
positiva de matar y la posibilidad de una vida natural.
Puede ser ética lo mismo que la eutanasia
lenitiva.
Algunos llamas ortotanasia a la muerte "a
su tiempo", respetando la dignidad humana del paciente y
evitando abusivas prolongaciones de su vida.
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Su práctica esta penada
aunque a veces no se castiga
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Responsabilidad
penal
Aunque sea con el consentimiento
de la víctima, la eutanasia es siempre practicada por
otras personas. Si es uno mismo el que se provoca la muerte
se habla de suicidio. La eutanasia es, pues, un homicidio
con unas características determinadas.
En el caso de la eutanasia directa
(acción dirigida al acortamiento de la vida) existe
siempre una responsabilidad jurídica penal. En los
países occidentales la eutanasia directa es
considerada como un homicidio, y no está legalizada,
aunque se practica varios miles de veces al año. En
los Países Bajos, si es voluntaria y se cumplen otros
requisitos, se realiza sin que el médico sea
castigado.
El artículo 409 del Código
Penal prevé la pena de prisión mayor contra
todo aquél que ayude o induzca a alguien a suicidarse
(6 a 12 años), y si la persona presta el auxilio
hasta el punto de ejecutar él mismo la muerte, la
pena sería de reclusión menor 12 a 20
años. Esta última es, de hecho, la pena
prevista por homicidio (art.407).
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No está penada la
omisión de tratamientos desproporcionados ni
la correcta administración de
analgésicos
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La omisión de medios considerados desproporcionados
para prolongar artificialmente la vida de un enfermo con un
proceso patológico irreversible (adistanasia) y el
empleo de fármacos-analgésicos, sedantes, etc.
para aliviar el dolor físico causado por una
enfermedad mortal y que secundariamente pueden llevar
consigo un cierto acortamiento de la vida (eutanasia
indirecta), son dos formas de eutanasia en las cuales el
Derecho se pliega al dictamen procedente del saber
médico. El límite del deber objetivo de
cuidado o del riesgo permitido es un asunto
médico,circunscrito por la "lex artis". (Torto,
19).
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Todos los Códigos de
Deontología Médica condenan y siempre
han condenado la práctica de la
eutanasia
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Eutanasia y
Deontología Médica
En todos los Códigos de
Deontología Médica de la Historia, se indica
al médico que su misión es siempre la de curar
o aliviar a sus enfermos, pero nunca provocarles
deliberadamente la muerte. El médico debe guardar el
máximo respeto hacia la vida humana. Citamos a
continuación algunos ejemplos.
En el Juramento Hipocrático (460
a.c.) se dice de la siguiente manera: "Y no daré
ninguna droga mortal a nadie, aunque me lo pidan, ni
sugeriré un tal uso".
El Código Internacional de
Deontología (Ginebra 1948; Sidney 1968. Adoptado por
la OMS) traduce a un lenguaje actual las expresiones del
Juramento Hipocrático, conservando el
espíritu, de sus preceptos.
En el párrafo nueve dice:
"Guardaré el máximo respeto hacia la vida
humana desde el momento de su concepción".
Y más recientemente, hace tan
sólo unos meses, se aprobó en Madrid la
última declaración sobre la eutanasia en el
transcurso de la última reunión de la Asamblea
Médica Mundial. En la misma se señala que "la
eutanasia, es decir el acto deliberado de dar fin a la vida
de un paciente, ya sea por su propio requerimiento o a
petición de sus familiares, es contraria a la
ética".
El vigente código de
Deontología Médica, en su Capítulo
XVII: Del respeto a la Vida, en su Art. 116 dice: "El
médico está obligado a poner los medios
preventivos y terapéuticos necesarios para conservar
la vida del enfermo y aliviar sus sufrimientos. No
provocará nunca la muerte deliberadamente, ni por
propia decisión, ni cuando el enfermo, la familia, o
ambos, lo soliciten, ni por otras exigencias".
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Asimismo, es rechazado por el
Código Deontológico el
ensañamiento terapéutico
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Este precepto está, lógicamente, encuadrado
dentro del conjunto de la deontología médica,
pero hay que estudiarlo en conexión con su vecino, el
Art. 117. En efecto, hoy no se puede hablar de ética
de la eutanasia sin hacer referencia a la del
ensañamiento terapéutico. Con la misma
energía con que el Art. 116 condena la eutanasia, el
Art. 117 rechaza el ensañamiento terapéutico,
al obstinarse inútilmente en dar la vuelta a una
situación irreversible. Lo hace con estas palabras:
"En caso de enfermedad terminal, el médico debe
evitar emprender acciones terapéuticas sin esperanza
cuando haya la evidencia de que estas medidas no pueden
modificar la irreversibilidad del proceso que conduce a la
muerte. Debe evitarse toda obstinación
terapéutica inútil. El Médico
favorecerá y velará por el derecho a una
muerte acorde con el respeto a los valores de la
condición humana.
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El buen médico conoce los
modos de aliviar el sufrimiento en los procesos que
traca
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Por tanto, el médico debe, en primer lugar, emplear
con competencia todos sus recursos. Ha de prevenir el que se
produzcan daños o situaciones que deterioren el curso
clínico, disminuyan la calidad de vida o la pongan en
peligro. Ha de tratar con competencia la enfermedad,
evitará hacer daño con errores de
diagnóstico o terapéuticos, ha de ser experto
en el alivio del sufrimiento, ya tome la forma de dolor o de
incapacidad. Se esforzará en crear un ambiente de
serenidad ante los familiares del enfermo, que a veces,
están tan necesitados de atención como el
propio paciente.
Hoy, por fortuna, tiene el médico
recursos muy eficaces para hacerlo. Necesita
formación científica, sensibilidad humana y
tiempo.
El dramatismo con que se presentan a
veces los casos de eutanasia, se debe a que el médico
o anda corto de recursos humanos y profesionales, o no tiene
tiempo, paradójicamente, para atender a lo más
importante.
La muerte deliberada nunca podrá
ser considerada como un remedio genuinamente médico
de ninguna situación clínica.
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La práctica de la eutanasia
frena necesariamente el progreso de la
medicina
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Por otro lado, si la eutanasia se aceptase por amplios
círculos de médicos, mermaría la
capacidad de innovación y de progreso de la Medicina
en su conjunto; es indudable que si el parapléjico,
al anciano disminuído, al canceroso terminal se les
aplica la eutanasia, la Neurología o la
Oncología contemporáneos se verían
frenadas, no tendrían interés alguno por esos
enfermos.
La eutanasia es una actitud que no
congenia con el propio ser de la medicina; más bien
es todo lo contrario: la medicina está al servicio de
la vida y la eutanasia al servicio de la muerte.
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Nota: Este trabajo fue presentado por los doctores Vega
Gutiérrez J. y Martínez Baza en el XVII
Congreso Internacional de la Academia de Medicina Legal en
España en 1988.
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