Eutanasia y Deontología

Por los doctores Vega Gutiérrez J. y Martínez Baza, P.

 

 

 

Significado del término

El Concepto de Eutanasia
El término "eutanasia" abarca conceptos muy dispares y de encontrada significación ética. Como sugiere su etimología (del griego "eu-thanatos"), significa "buena muerte", en el sentido de muerte apacible, sin dolores ni tormentos, y con esta acepción la introdujo en el vocabulario científico Francisco Bacon (1623).

Actualmente el significado real es el de muerte indolora, provocada directamente por procedimientos médicos, de personas que son consideradas como condenadas a una vida irreversiblemente dolorosa o inválida, con la intención de "liberar" a esas personas del sufrimiento o a la sociedad de una supuesta carga inútil.

 

Una adecuada técnica y compasión médica que llevan a rechazar la eutanasia


La eutanasia es, por su naturaleza, un peligro médico, que sólo afecta a médicos y enfermeras, según se deduce de la definición anterior, ya que los rasgos propios de la eutanasia, lo que la diferencia de las otras formas de muerte provocada, son: el modo médico de inducirla y la intención "compasiva o liberadora".

Por ser la técnica y la compasión atributos muy propios del médico y de la enfermera competentes, se explica que la condena deontológica de la eutanasia sea muy fuerte: la eutanasia destruye el núcleo ético de la profesión. Cuando el médico rechaza la eutanasia, no está simplemente siguiendo sus convicciones morales o los preceptos de una tradición profesional milenaria: está siendo fiel a lo más genuino de su profesión.

 

 

Sólo no es homicidio la indirecta o lenitiva


Formas más corrientes
1- Por su intencionalidad se suele dividir en indirecta y directa. La eutanasia indirecta o lenitiva es la causada indirectamente al suprimir el dolor, como efecto secundario inevitable, y propiamente no se la debería llamar eutanasia. En muchas ocasiones es ética. La eutanasia directa y homicida causa directamente, aunque sin dolor, la muerte.

2. Por los fines perseguidos la eutanasia directa se llama homicidio piadoso si la muerte se busca como medio para privar al enfermo de los dolores, o de una deformación física o de una ancianidad penosa o, en una palabra, de algo que mueve a la "compasión". Se llama eutanasia eugenésica, económica o social si la muerte se busca como medio para liberar a la familia o a la sociedad de la carga de las llamadas vidas "sin valor" o para purificar la raza.

3. Por los medios empleados, se divide en eutanasia activa o positiva (acción deliberada encaminada a dar la muerte) y eutanasia pasiva o negativa; en ésta se causa la muerte omitiendo los medios ordinarios necesarios para sostener la vida (la hidratación, por ejemplo).

 

No aplicar medios desproporcionados es respetar la dignidad humana


En el polo opuesto está la omisión de medios extraordinarios o desproporcionados para prolongar artificialmente la vida de un enfermo con un proceso patológico irreversible. A este tipo se le llama adistanasia -algunos autores la llaman distanasia-, y no es propiamente eutanasia, por estar ausente la acción positiva de matar y la posibilidad de una vida natural. Puede ser ética lo mismo que la eutanasia lenitiva.

Algunos llamas ortotanasia a la muerte "a su tiempo", respetando la dignidad humana del paciente y evitando abusivas prolongaciones de su vida.

 

 

Su práctica esta penada aunque a veces no se castiga


Responsabilidad penal
Aunque sea con el consentimiento de la víctima, la eutanasia es siempre practicada por otras personas. Si es uno mismo el que se provoca la muerte se habla de suicidio. La eutanasia es, pues, un homicidio con unas características determinadas.

En el caso de la eutanasia directa (acción dirigida al acortamiento de la vida) existe siempre una responsabilidad jurídica penal. En los países occidentales la eutanasia directa es considerada como un homicidio, y no está legalizada, aunque se practica varios miles de veces al año. En los Países Bajos, si es voluntaria y se cumplen otros requisitos, se realiza sin que el médico sea castigado.

El artículo 409 del Código Penal prevé la pena de prisión mayor contra todo aquél que ayude o induzca a alguien a suicidarse (6 a 12 años), y si la persona presta el auxilio hasta el punto de ejecutar él mismo la muerte, la pena sería de reclusión menor 12 a 20 años. Esta última es, de hecho, la pena prevista por homicidio (art.407).

 

No está penada la omisión de tratamientos desproporcionados ni la correcta administración de analgésicos


La omisión de medios considerados desproporcionados para prolongar artificialmente la vida de un enfermo con un proceso patológico irreversible (adistanasia) y el empleo de fármacos-analgésicos, sedantes, etc. para aliviar el dolor físico causado por una enfermedad mortal y que secundariamente pueden llevar consigo un cierto acortamiento de la vida (eutanasia indirecta), son dos formas de eutanasia en las cuales el Derecho se pliega al dictamen procedente del saber médico. El límite del deber objetivo de cuidado o del riesgo permitido es un asunto médico,circunscrito por la "lex artis". (Torto, 19).

 

 

Todos los Códigos de Deontología Médica condenan y siempre han condenado la práctica de la eutanasia


Eutanasia y Deontología Médica
En todos los Códigos de Deontología Médica de la Historia, se indica al médico que su misión es siempre la de curar o aliviar a sus enfermos, pero nunca provocarles deliberadamente la muerte. El médico debe guardar el máximo respeto hacia la vida humana. Citamos a continuación algunos ejemplos.

En el Juramento Hipocrático (460 a.c.) se dice de la siguiente manera: "Y no daré ninguna droga mortal a nadie, aunque me lo pidan, ni sugeriré un tal uso".

El Código Internacional de Deontología (Ginebra 1948; Sidney 1968. Adoptado por la OMS) traduce a un lenguaje actual las expresiones del Juramento Hipocrático, conservando el espíritu, de sus preceptos.

En el párrafo nueve dice: "Guardaré el máximo respeto hacia la vida humana desde el momento de su concepción".

Y más recientemente, hace tan sólo unos meses, se aprobó en Madrid la última declaración sobre la eutanasia en el transcurso de la última reunión de la Asamblea Médica Mundial. En la misma se señala que "la eutanasia, es decir el acto deliberado de dar fin a la vida de un paciente, ya sea por su propio requerimiento o a petición de sus familiares, es contraria a la ética".

El vigente código de Deontología Médica, en su Capítulo XVII: Del respeto a la Vida, en su Art. 116 dice: "El médico está obligado a poner los medios preventivos y terapéuticos necesarios para conservar la vida del enfermo y aliviar sus sufrimientos. No provocará nunca la muerte deliberadamente, ni por propia decisión, ni cuando el enfermo, la familia, o ambos, lo soliciten, ni por otras exigencias".

 

Asimismo, es rechazado por el Código Deontológico el ensañamiento terapéutico


Este precepto está, lógicamente, encuadrado dentro del conjunto de la deontología médica, pero hay que estudiarlo en conexión con su vecino, el Art. 117. En efecto, hoy no se puede hablar de ética de la eutanasia sin hacer referencia a la del ensañamiento terapéutico. Con la misma energía con que el Art. 116 condena la eutanasia, el Art. 117 rechaza el ensañamiento terapéutico, al obstinarse inútilmente en dar la vuelta a una situación irreversible. Lo hace con estas palabras: "En caso de enfermedad terminal, el médico debe evitar emprender acciones terapéuticas sin esperanza cuando haya la evidencia de que estas medidas no pueden modificar la irreversibilidad del proceso que conduce a la muerte. Debe evitarse toda obstinación terapéutica inútil. El Médico favorecerá y velará por el derecho a una muerte acorde con el respeto a los valores de la condición humana.

 

El buen médico conoce los modos de aliviar el sufrimiento en los procesos que traca


Por tanto, el médico debe, en primer lugar, emplear con competencia todos sus recursos. Ha de prevenir el que se produzcan daños o situaciones que deterioren el curso clínico, disminuyan la calidad de vida o la pongan en peligro. Ha de tratar con competencia la enfermedad, evitará hacer daño con errores de diagnóstico o terapéuticos, ha de ser experto en el alivio del sufrimiento, ya tome la forma de dolor o de incapacidad. Se esforzará en crear un ambiente de serenidad ante los familiares del enfermo, que a veces, están tan necesitados de atención como el propio paciente.

Hoy, por fortuna, tiene el médico recursos muy eficaces para hacerlo. Necesita formación científica, sensibilidad humana y tiempo.

El dramatismo con que se presentan a veces los casos de eutanasia, se debe a que el médico o anda corto de recursos humanos y profesionales, o no tiene tiempo, paradójicamente, para atender a lo más importante.

La muerte deliberada nunca podrá ser considerada como un remedio genuinamente médico de ninguna situación clínica.

 

La práctica de la eutanasia frena necesariamente el progreso de la medicina


Por otro lado, si la eutanasia se aceptase por amplios círculos de médicos, mermaría la capacidad de innovación y de progreso de la Medicina en su conjunto; es indudable que si el parapléjico, al anciano disminuído, al canceroso terminal se les aplica la eutanasia, la Neurología o la Oncología contemporáneos se verían frenadas, no tendrían interés alguno por esos enfermos.

La eutanasia es una actitud que no congenia con el propio ser de la medicina; más bien es todo lo contrario: la medicina está al servicio de la vida y la eutanasia al servicio de la muerte.


Nota: Este trabajo fue presentado por los doctores Vega Gutiérrez J. y Martínez Baza en el XVII Congreso Internacional de la Academia de Medicina Legal en España en 1988.

 

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